Escolar    |    Abono    |    Cuentos Cortos    |    Matematicas

 

.

ABONO

ETIMOLOGÍA, SIGNIFICADO Y FAMILIA DE LA PALABRA


Del latín ad y bonus, bueno.

— Acción y efecto de abonar.
— Acción y efecto de abonarse.

Nuestra legislación establece y distingue varias clases de abono, cuya significación y alcance varían según el objeto a que se aplica. Llámase abono la admisión en cuenta de una cantidad; la garantía ofrecida por un tercero de que el contrayente cumplirá lo ofrecido; etc., etc. .

En agricultura es toda sustancia útil para la nutrición y desarrollo de las plantas y que se añade al suelo para conservar o aumentar su fertilidad.

ABONAR: Acreditar o calificar de bueno. || Salir por fiador de alguien, responder por él, o bien garantizar sus buenas condiciones. || Dar por cierta y segura una Cosa. || Asentar en el libro de cuenta y razón cualquier partida a favor de alguno. || Admitir en cuenta. || En agricultura, Beneficiar la tierra, suministrándole las materias orgánicas o inorgánicas necesarias para la vegetación.

ABONABLE: Lo que puede o debe abonarse.

ABONADAMENTE: Con seguridad, con garantía suficiente.

ABONADO, DA: Que tiene crédito, buena fama o buen caudal. || Dispuesto a hacer o decir una sosa. Tómase generalmente en mala parte. || Persona que ha tornado un abono para concurrir a alguna diversión pública, o para otro fin.

ABONADOR, RA: Que abona. || En legislación, persona que abona al fiador y, en su defecto, se obliga á, pagar por él. En el lenguaje jurídico, el abonador es con respecto al fiador, lo mismo que el fiador es con respecto al deudor principal. Así suele llamarse abonador el fiador que se presenta ante el juez afirmando del deudor principal que pagará o satisfará su obligación y que, en su defecto, responderá él mismo en el juzgado tomando a su cargo el pago.
Esta voz se extiende a todos los que abonan a otros, asegurando sus buenas cualidades, su veracidad, su buena fe, su crédito, su intachable conducta, su riqueza, etc., etc.
Toda fianza debe ser expresa y debe además hallarse contenida dentro de los límites en que se ha contraído; y es claro, por consiguiente, que el abonador ni se constituye en favor, ni es responsable de sus asertos sino hasta donde se ha comprometido a serlo, a no haber cometido fraude o incurrido a sabiendas en falsedad con perjuicio de tercero.

ABONARÉ (del futuro abonaré o pagaré con que principian esta clase de documentos, futuro de abonar): Documento por el cual se asegura el pago de una cantidad cualquiera. Se usa mucho en las casas de comercio, y también en las oficinas de hacienda y administración.

ABONARSE: Pagar por adelantado una cantidad o comprometerse a pagarla, para adquirir determinados derechos como el de poder asistir a un espectáculo público, o recibir algún servicio constante y periódicamente, o un numero fijo de veces.

2014 - Diccionario Enciclopédico Hispano-Americano Siglo XIX. Aviso Legal